Ilegalidades I

Artículo Único.- Agréguese al artículo 360 del Código Penal el siguiente inciso:

"(Reventa de entradas para espectáculo público).- El que con motivo o en ocasión de un espectáculo público, cualquiera fuera la naturaleza de este, revendiera, sin la debida autorización del organizador, o quien haga sus veces, en su provecho o el de un tercero, las entradas para los mismos".


Entonces salió. Fue aprobado por las dos cámaras el texto precedente, que tipifica como falta la reventa de entradas.

Debo decir que me encuentro gratamente sorprendido. Cuando el año pasado escribí sobre este proyecto mencioné que dudaba que fuera a ser aprobado. Es que la reventa de entradas a los espectáculos públicos es una cosa tan común, que temí que fuera socialmente aceptada.

Entonces algunos revendedores ya pusieron el grito en el cielo. Dicen que lo que hacen es legal (ahora ya no lo va a ser) y una forma honesta de ganarse la vida. Se oyó el famoso “¿qué quieren, que salga a robar?”.

Entonces corresponde que diga que la reventa, a partir de la entrada en vigencia de la ley, no va a ser legal. Que la reventa de entradas no es una forma honesta de ganarse la vida. Es más, es una inmoralidad. Si yo quiero ir a ver un partido de eliminatorias, ¿por qué tengo que pagar $400 por una entrada que sale $200? ¿Por qué tiene que privarse cierta gente de acceder a algunos espectáculos, si puede pagar el precio de ventanilla pero no el del revendedor?

No vamos a pensar que los revendedores cumplen una función pública. Pensar que están para que podamos comprar las entradas a último momento: si no fuera por ellos habría entradas hasta el último momento.

¿Y si tienen que salir a robar? Se ve que al que dijo eso no le explicaron que el hurto es también delito.

Recordemos que el revendedor es un capitalista. Es el claro capitalismo salvaje: invierto x cantidad de dinero y obtengo mucho más, sin siquiera haber agregado valor a la cosa. La ganancia viene del control de oferta y demanda. El revendedor juega limitando la oferta, por lo que la demanda del producto unida a esta disminución de oferta, trae como consecuencia el aumento artificial del precio. Es lo opuesto al libre mercado.

Creo que por lo expuesto anteriormente se puede ver la conveniencia de la prohibición de la reventa.

Ahora falta ver si cuando entre en vigencia, la misma es aplicada con todo el rigor que corresponde, o si pasa a ser una de esas normas nominales, que las hay.

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